viernes, 2 de noviembre de 2007

MANUAL DE CONVIVENCIA


MANUAL DE CONVIVENCIA.

BIOGRAFÍA
FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
(1792 - 1840)


EL HOMBRE DE LAS LEYES.

Nació en Cúcuta el 2 de Abril de 1792 y murió en Bogotá el 6 de Mayo de 1840.
Periodista, Político, Orador elocuente y uno de los mejores escritores militares de su época, su estilo fue claro y preciso, pero sus escritos fallan por el uso de galicismos.

Fue colaborador de los periódicos: El Patriota, Gaceta, Colombia, Correo de Bogotá y Bandera Nacional.
Presidente de Colombia y prócer de la independencia de su Patria. Estudiaba Leyes en Bogotá cuando se produjo la guerra de emancipación (1810).
Participó en la campaña de los Llanos y de Caracas y fue el eje principal de la Campaña Libertadora; encargado de La Presidencia en varias oportunidades, Diputado a la Convención de Ocaña cuando se descubrió una conspiración para asesinar a Bolívar, se afirmó que formaba parte de ella, fue procesado y se le condenó a muerte pero luego se le desterró.
Muerto Bolívar en 1830 fue llamado para ocupar la Presidencia se le considera como el iniciador de la organización Civil y administrativa de su Patria.
Su carácter extremadamente respetuoso de las disposiciones legales y constitucionales que le dió repetidas muestras como gobernante le han merecido el título de “El Hombre de Las Leyes”. Como administrador, primero de la Gran Colombia y luego de la Nueva Granada fue notable por el impulso del país. Su mejor elogio está en estas Palabras de Bolívar:
“Santander en la administración y el ejército en el campo son los autores de la grandeza y la prosperidad de Colombia”.

INTRODUCCIÓN.

El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander, es un instrumento de formación, al servicio de la Comunidad educativa, Producto de una seria reflexión del diálogo y de la concertación entre los diferentes estamentos que integran el Plantel.

La elaboración y diseño del presente Manual se hizo con fundamento en el artículo 17 del Decreto No. 1860 del 3 de Agosto de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), el concepto del máximo tribunal de la corte constitucional que considera que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir de tal manera que no pueda invocar “la garantía de tutela para excusar las infracciones en que incurra”, y las sugerencias presentadas por Alumnos, Profesores, docentes, directivos y Padres de Familia que se incluyeron en la redacción del texto final.

Además ha sido fundamental la colaboración de Abogados amigos de la Institución, quienes hicieron sus aportes en torno a la concordancia del Manual con los principios consagrados en la Constitución Nacional, en los derechos humanos y en los derechos del niño; lo cual permitirá educar al estudiante Santanderista en la práctica de la democracia, el trabajo, la recreación, la libertad, la solidaridad, la justicia social y la convivencia pacífica, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente.

JUSTIFICACIÓN.


El Manual de Convivencia está constituido por un conjunto de normas y procedimiento bien definidos que tienden a orientar el comportamiento de los estudiantes dentro y fuera del colegio, comprometiéndose así con su propia realización como persona y haciéndose acreedor al respeto de sus derechos y al estímulo de sus deberes.

La justificación del presente Manual se basa en la necesidad que tenemos de educar integralmente al joven de hoy, con base en unos principios y valores que contribuyen a la formación de una sociedad más justa y equitativa. En consecuencia, este Manual es un instrumento de apoyo institucional que contiene las reglas y procedimientos que ayudarán a formar los hombres del futuro con sólidos valores como: la Responsabilidad, la Justicia, la Libertad y el Respeto mutuo.
La comunidad educativa evaluara anualmente este manual para corregir, modificar ampliar o anular lo pertinente, siempre y cuando lo que se anexe no sea inconstitucional o claro principio violatorio de los derechos fundamentales.

PRESENTACIÓN.

JORNADAS: MAÑANA Y TARDE CALENDARIO A

NATURALEZA OFICIAL CARÁCTER MIXTO

INSTITUCION UNIFICADA MEDIANTE DECRETO No 884 DE NOVIEMBRE 28 DE 2002

DIRECCIÓN: CRA. 12 No. 17A-76 TELÉFONO: 4215654 SANTA MARTA

APROBACIÓN OFICIAL: No. 884 DE NOVIEMBRE 28 DE 2002

LA INSTITUCIÓN OFRECE BACHILLERATO ACADEMICO CON ENFASIS EN LAS MODALIDADES DE: CIENCIAS NATURALES, TECNOLOGIA E INFORMATICA Y BACHILLERATO TECNICO CON PROFUNDIZACIÓN EN COMERCIO, SALUD Y NUTRICIÓN ( ADSCRITAS I. E. D. LICEO SAMARIO )

“AUNQUE LA EDUCACIÓN SIGUE SIENDO UN PRIVILEGIO DEBEMOS ESFORZARNOS PORQUE LA CULTURA LLEGUE HASTA EL MÁS HUMILDE DE NUESTROS HOGARES”.


PERTENECE A :------------------------------------------------------- GRADO:-------------------

DIRECCIÓN: ------------------------------------------------------------------.

TITULO II
DE LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS

CAPITULO I
Adopción del Manual de Convivencia

SANTA MARTA DISTRITO TURISTICO HISTORICO Y CULTURAL
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL “FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
Aprobado según resolución No. 884 de noviembre 28 del 2002
NIT 819001253-2- DANE 14700100457.


RESOLUCIÓN No. _____________ DE _______________________

Numeral 1°- Por la cual se adopta el Manual de Convivencia de los estudiantes de la Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander de la ciudad de Santa Marta.

El Rector de la Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander en representación del Consejo directivo y de la Comunidad Educativa en general, en ejercicio de sus facultades legales.

CONSIDERANDO.

A.- Que es obligación de toda institución educativa, elaborar un MANUAL DE CONVIVENCIA, como instrumento y medio de formación, que se ajuste a la nueva Constitución política de Colombia, a la Ley 115 de 1994 que regula la educación en nuestro país y a las normas establecidas en el Código del Menor.

B.- Que el Manual de Convivencia se debe elaborar con la participación activa y responsable de todos los estamentos institucionales.

C.- Que es necesario adoptar las normas y procedimientos que regulen las relaciones de los alumnos con los Docentes, Directivos Docentes y demás integrantes de la familia Santanderista, de tal manera que permitan crear un ambiente de orden, respeto, cooperación, Democracia, Responsabilidad, Justicia Social y Disciplina en la Institución.

D.- Que el Manual de Convivencia ayuda al logro de las metas y objetivos educativos propuestos y permite orientar la formación de los alumnos, hacia un desarrollo integral como persona y de acuerdo con los principios consagrados en la Constitución Nacional.

E.- Que el presente Manual debe guardar estrecha relación y coherencia con la filosofía y objetivos del Plantel, consignados en lel Proyecto educativo institucional (P.E.I.).

RESUELVE.

ARTICULO 1: Adoptar el presente MANUAL DE CONVIVENCIA como documento formativo y normativo de los alumnos de la institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander.

ARTICULO 2: El presente Manual de Convivencia será evaluado y modificado periódicamente, previa aprobación del Consejo Directivo y de acuerdo con las normas legales que se produzcan en el transcurso de su vigencia.

ARTÍCULO 3: Este Manual de Convivencia regirá a partir de la fecha de su Promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santa Marta a los __ días del Mes de__________ de dos mil _______ (2.00__).



------------------------------------------------------------
Lic JUAN CARLOS VEGA POSADA
RECTOR.

CAPITULO II
MARCO CONCEPTUAL Y LEGAL.

Numeral 2.- Teniendo en cuenta que el alumno es el Centro del proceso Enseñanza-Aprendizaje, es apenas lógico que todas las acciones que se lleven a cabo en la Institución tiendan a orientar su formación hacia un desarrollo integral como persona, que como tal pertenece a una comunidad y en consecuencia debe conocer sus derechos, sus deberes y poseer un criterio bien definido sobre sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa y sobre la importancia de su aporte para el logro de los objetivos que la Institución se plantea.

Todo lo descrito anteriormente es fundamental para que en la Institución exista un ambiente propicio para el diálogo, la concertación y la participación en las diferentes actividades que desarrollen.

El presente instrumento pretende contribuir con la formación integral del estudiante Santanderista y potenciar todas sus dimensiones humanas, puesto que el trabajo a nivel institucional está orientado ideológicamente hacia el crecimiento de los siguientes aspectos:

a.- La creación de hábitos y actitudes favorables para el estudio y el cumplimiento de las tareas.

b.- La orientación constante para que el educando sea sujeto no sólo de su propio desarrollo, sino también al servicio del desarrollo de su comunidad.

c.- El desarrollo de la creatividad, el espíritu crítico y la disposición respetuosa frente a los demás.

d.- La toma de decisiones en una forma madura, libre y responsable frente al acontecer cotidiano, propiciando así el desarrollo de su autonomía.

El Manual de Convivencia se concibe como la brújula que orienta el diario convivir educativo, hace parte del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994 y se fundamenta en:

· La Constitución Política de Colombia (1991)
· La Ley General de Educación (Ley 115 - 1994)
· Los Derechos Humanos
· El Código del Menor, Decreto 2737 de Nov. 27 de 1989
· El Decreto No. 1860 del 3 de agosto de 1994, reglamentario de la Ley 115 (Ley general de Educación)
· El decreto No. 0230 del 11 de Febrero de 2002.
· El Perfil del Estudiante Santanderista
· La Filosofía Institucional.

CAPITULO III
OBJETIVOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN.

Numeral 3.- Los objetivos Generales de la institución son:

a.- Fomentar la lealtad, la justicia y el patriotismo, induciendo al educando a participar de manera responsable, en la solución de problemas de la Institución y la comunidad.

b.- Ofrecer una formación integral a los educandos atendiendo los aspectos físicos, morales, éticos, afectivos, sociales, estéticos, tecno- científicos e intelectuales, que conlleven a la constitución de un nuevo orden social.

CAPITULO IV

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.

Numeral 4. Son objetivos del Manual de convivencia:

a.- Ser el fundamento legislador de la institución educativa.

b.- Establecer y dar a conocer a todos los estamentos de la comunidad santanderista las normas básicas para el buen funcionamiento del plantel, con la participación activa del Profesorado, alumnos y Padres de familia.

c.-Explicar la filosofía, misión, visión, objetivos, normas, criterios y disposiciones institucionales.

d.- Favorecer la comprensión y actuación responsable de las normas establecidas para una convivencia social y democrática.

e.- Definir las pautas que orienten los derechos, deberes y responsabilidades de todos los estamentos de la comunidad educativa, que permitan alcanzar los ogros de formación integral y convivencia pacifica.

f.- Servir de elemento de consulta al momento de la toma de decisiones en la solución de situaciones que afecten la vida escolar.

g.- Ayudar a cada uno de los miembros de la comunidad educativa en el cumplimiento de sus responsabilidades.

h.- Organizar de manera clara y objetiva los procedimientos disciplinarios.

i.- Informar a los alumnos sobre sus derechos y deberes; brindar estímulos y aplicar correctivos.

j.- Lograr armonía, comunicación y colaboración entre los profesores, alumnos y Padres de familia.

k.- Motivar y orientar al alumno en todas las actividades curriculares y lúdicas.

l.- Orientar e incentivar al alumno hacia su autoformación para que sea capaz de responder a las exigencias de la comunidad educativa y las necesidades de su entorno social.

CAPITULO V
Perfil Institucional.

Numeral 5.- Perfil Institucional. La Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander se muestra ante la comunidad como centro pedagógico formador de jóvenes capacitados académicamente en diferentes campos del saber, con base en valores humanos y el desarrollo de capacidades analíticas, reflexivas y críticas abiertas a la participación y a la competencia; involucran en este proceso educativo a todos los estamentos de su comunidad bajo los principios de igualdad, justicia y trabajo.

CAPITULO VI
Política de la Institución.

Numeral 6 Las políticas santanderistas se enmarcan dentro de las políticas educativas, nacionales, regionales, locales, constitucionales y la ley general de educación.

Se considera esencial cualificar la vida educativa santanderista y los programas de acuerdo al contexto las necesidades de los alumnos apoyadas en las siguientes estrategias:

Coordinación – Inter.-institucional: Con entidades Distritales, Departamentales, Nacionales e Internacionales.

Aprovechamiento de los recursos e infraestructuras pertenecientes a las escuelas o existente: en la naturaleza y otras instituciones gubernamentales o privadas.

Participación comunitaria institucional: que conlleven al mejor estar del plantel.

CAPITULO VII

Filosofía de la Institución.

Numeral 7 .- Filosofía de la Institución.- La institución Fundamenta su ejercicio en formar “ Estudiantes de Ley”, cabales en su comportamiento y rendimiento con base en el “ Saber Hacer “ y la exaltación de los valores humanos; con actitud analítica, crítica y gran sentido democrático y de participación; que les permita proyectarse ante la comunidad como autogestores de su propio saber y desempeño.

CAPITULO VIII

Misión.

Numeral 8. Misión. Orientar procesos para la formación integral de los educandos, fortaleciendo el sentido de pertenencia y participación, con base en el ejercicio del conocimiento de los “ saberes humanos” dentro de un ambiente de tolerancia , respeto, dignidad y con sentido ético en todos sus comportamientos.
CAPITULO IX.

Visión.

Numeral 9 Visión. - Hacia el futuro, la Institución se proyecta como un centro educativo donde se dinamicen procesos eficientes acordes a los intereses de los estudiantes, con la puesta en marcha de una educación integral, bajo nuestro principio institucional de formar “ Estudiantes de Ley” con prevalencia del trabajo en equipo y actualización de las acciones académicas que merezcan el reconocimiento de la sociedad en general por la “Educación de Calidad” que se imparte a los niños ( niñas) y jóvenes estudiantes, como institución líder con amplia oferta y cobertura educativa.

TITULO IV

DE LOS ESTUDIENTES SANTANDERISTAS


CAPITULO X
Perfil del Estudiante.

Se entiende por perfil, el conjunto de características o propiedades que identifican a los jóvenes de nuestra comunidad Santanderistas.

PERFIL DEL ESTUDIANTE SANTANDERISTA.

Numeral 10 .- Perfil del Estudiante Santanderista.- El estudiante santanderista debe destacarse por poseer un alto sentido de pertenencia por su institución, por ser un defensor de los derechos propios y de los demás; cumplidor cabal de sus deberes; con mente clara, abierta al cambio y a las oportunidades; con una personalidad forjada en valores de justicia, responsabilidad, honestidad y solidaridad. Capacitado para acceder a una carera universitaria o para defenderse hábilmente en los frentes de trabajo que le brinde el desarrollo de las diferentes modalidades ofrecidas por la Institución, permitiéndole un óptimo desempeño en los diversos campos afines a los mismas.


CAPITULO XI
Requisitos para la Admisión
.

Numeral 11.- El Consejo Directivo de la Institución Francisco de Paula Santander fijará los criterios correspondientes a la asignación de cupos disponibles, la selección y admisión de nuevos alumnos.
La institución elaborará información con los requisitos para la solicitud de ingreso y requisitos para el nuevo año lectivo.

Numeral 12.- El aspirante a ser admitido debe:

A.- Cumplir los requisitos exigidos para ser inscrito en la fecha señalada por la Institución.

B.- Inscribirse previamente como aspirante al cupo deseado (en el caso de alumno nuevo) , atendiendo la fecha establecida por la institución para tal fin.

C.- Realizar las pruebas de selección que determine la institución (Examen, entrevista, etc) en la fecha previamente programada.

D.- Contar con mínimo 3 años de edad para pre-escolar, con seis años para primero y con 13 años máximo para sexto grado, excepto los alumnos que culminen el ciclo de primaria en la Institución.

E.- No ser alumno repitente por segunda vez del grado al cual desea ingresar en el plantel
.
F.- Acreditar buena disciplina y conducta intachable refrendada por las directivas del plantel de donde proviene.

G- Presentar el informe académico o certificado de quinto grado y los certificados del grado cursado en el año inmediatamente anterior según el caso.

H.- Acreditar los certificados y demás documento exigidos por la institución.

I.- Adquirir y Conocer previamente el Manual de convivencia y aceptar lo establecido en él .

J.- Al momento de la inscripción el alumno debe presentarse a la Institución con sus padres o acudientes.

k.- Para el caso de los alumnos de pre-escolar y básica primaria se tendrá en cuenta la edad establecida por las normas legales vigentes.

L-. Tomando como fundamento las características afines de los estudiantes del Plantel en cuanto a su estado civil para efectos de admisión y permanencia en la Institución, se tendrá en cuenta lo establecido en la norma especial 19.22 de los principios o reglas generales de la institución.

CAPITULO XII

La Matricula.

Numeral 13.- La matrícula es un contrato bilateral entre la institución representada por el Rector y el Padre de Familia, Acudiente o representante legal, en beneficio de un tercero que es el alumno y será firmada por el Rector, el Padre de Familia, Acudiente o representante legal y el estudiante. .

Numeral 14.- Requisitos.- La Matrícula será autorizada por el Rector siempre y cuando los Padres o acudientes y alumnos cumplan los siguientes requisitos:

a.- Haber sido seleccionado por el Comité respectivo, previo estudio de la situación académico- disciplinaria del aspirante. (Tienen preferencia los estudiantes que provienen de los colegios con los cuales la Institución ha establecido convenio).

b.- Adquirir el Manual de Convivencia con antelación para su correspondiente estudio y compromiso.

c.- Registro Civil de nacimiento en original o fotocopia debidamente autenticada por un notario.

d.- Cuatro ( 4) fotos recientes, tamaño cédula.

e.- Certificado médico actualizado.

f.- Certificado de quinto de Primaria con el visto bueno del Jefe de Núcleo educativo.

g.- Certificado de estudio de grados aprobados no cursados en el plantel, con el visto bueno del Jefe de Núcleo respectivo y autenticados en notaría si proviene de Colegios Privados.
Los alumnos antiguos deben presentar el informe académico final del año inmediatamente anterior.

h.- Matricularse en la fecha señalada por la institución independientemente del convenio de pago establecido entre las partes.

CAPITULO XIII
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

EL CORAZÓN DE LA DEMOCRACIA ES EL RESPETO DE LOS
DERECHOS DE LA PERSONA.


Numeral 15 .- Todo alumno debidamente matriculado en la institución tiene derecho a:

15.1 Recibir una educación integral y ser reconocido como miembro activo de esta comunidad siempre y cuando cumpla a cabalidad con las normas establecidas en el presente manual y desarrolle de manera eficiente todas las actividades académicas, sociales, culturales y deportivas programadas para su formación, ajustándose al plan de estudio del grado que cursa.

15 .2 Recibir una educación adecuada y científica que le garantice su formación integral (artículo 7 Código del Menor).

15 .3.-La crítica y a la evaluación justa y responsable del quehacer pedagógico de la institución.
15. 4.- Participar en el desarrollo de la planeación, organización, ejecución, control y evaluación del proceso educativo.

15.5 Recibir orientación actualizada, clases completas y esperar de sus profesores una responsable preparación académica.

15 .6.- Exigir con respeto cumplimiento, idoneidad y un tratamiento digno que le facilite el desarrollo de sus propios valores, sobre la base del respeto por la vida y los derecho humanos (Artículo 272, Código del Menor).

15 .7.- Ser atendidos en sus justos reclamos e iniciativas siguiendo el conducto regular:
· Profesor de la asignatura.
· Director de grupo
· Coordinador Académico o de Disciplina
· Personero
· Consejo académico
· Rector
· Consejo Directivo

15.8 Conocer oportunamente el procedimiento de evaluación de los logros propuestos para cada grado o área y el resultado de los logros obtenidos en las diferentes asignaturas durante cada período académico, antes de ser registrados en las planillas correspondientes.

15.9 .Obtener del Profesor el mayor número de oportunidades de evaluación para favorecer el desarrollo de sus capacidades, habilidades y la consolidación de los logros del proceso formativo. ( Mínimo 3 notas).

15.10 Ser evaluado en caso de inasistencia justificada, previa presentación de la excusa, firmada por el Coordinador (El estudiante hace la solicitud al Profesor y cuenta con los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de ausencia para presentar la prueba)
.
15.11Solicitar por escrito al Consejo Académico y/o a la Comisión de Evaluación y Promoción la revisión en segunda instancia de las evaluaciones practicadas con el fin de determinar la debida consecución de los logros o la superación de éstos.

15.12 Recibir si existen los servicios de bienestar social que ofrece la Institución (enfermería, Biblioteca, Bibliobanco, Cafetería Psico-orientación, ayudas educativas, laboratorios, Mobiliarios, implementos deportivos, etc).

15.13Representar a la Institución en eventos deportivos, culturales, sociales y participar activamente en los Comités del bienestar estudiantil, ornato y embellecimiento, salud, ecológicas, coros, danzas, teatro y otros que se organicen para bienestar de la Comunidad.

15.14 Participar en la planeación, ejecución, control y evaluación de las actividades académicas, culturales, deportivas, sociales, artísticas y ecológicas que se organicen en la institución.

15.15 Ser respetado en su persona, por sus creencias religiosas e ideológicas o políticas.

15.16 Poseer tiempo para el descanso, el esparcimiento, el juego, el deporte y participar en la vida de la cultura y de las artes. (Código del menor, Capítulo 2, artículo 13).

15.17 Solicitar permiso preferiblemente por escrito, al Coordinador de Disciplina o a la persona encargada en su ausencia quien lo concederá si lo considera plenamente justificado y necesario.

15.18 Solicitar respetuosamente al Profesor, claridad sobre algún tema que no se comprenda.

15.19 Participar de la diversificación educativa que propicia al plantel la Institución Educativa Distrital Liceo Samario ( antiguo C.A.S.D), y para ello deberá someterse con anterioridad a la exploración vocacional que le permitirá ser seleccionado en la modalidad adecuada.

15.20 Ser exonerado del Pago de matrícula y Pensión durante un año lectivo, cuando supere ampliamente la mayoría de los logros previstos que le permitan ocupar el 1o. ó 2o. puesto en el curso inmediatamente anterior.( Artículo 101 de la Ley 115 de 1994, Ley General de Educación)

15.21 Izar bandera cuando merezca ese honor.

15.22 Recibir los estímulos que otorgue la Institución por actuaciones sobresalientes en las actividades académicas, Disciplinarias y Socio-Culturales.


15.23 Expresar su opinión libremente en forma oral o por escrito y conocer sus derechos y deberes (Artículo 10. Código del Menor).

15.24 Ser oído en sus descargos antes de ser sancionado por faltas contempladas en el presente Manual.

15.25 Conocer oportunamente la evaluación de Conducta y Comportamiento disciplinario.

15.26 Obtener los certificados y Constancias que haya solicitado en un término de 5 (Cinco) días hábiles previa cancelación de ellos.

15.27 Conservar el cupo en la Institución, siempre y cuando se demuestre esfuerzo constante de superación, buena disciplina y no se incurra en casos de inasistencia sistemática por períodos, que acumulados, resulten superior a la cuarta parte del tiempo total previsto.

15.28 Defenderse en forma respetuosa y prudente ante cualquier inconformidad o situación injusta.

15.29 Participar en el Gobierno escolar de la institución. ( previo cumplimiento de los requisitos exigidos )

15.30 Recibir una educación de calidad, de acuerdo a lo establecido en la ley 115 y a los acuerdos establecidos entre los diferentes estamentos.

15.31 Exigir que se cumplan las clases programadas en forma puntual, completa, así como la exigencia de cumplir con las normas actuales sobre la evaluación y promoción establecida en los decretos 1860 del 3 de Agosto de 1994 y 0230 del 11 de Febrero de 2002.

15.32 Presentar reclamos en forma respetuosa y obtener respuestas oportunas, siguiendo el conducto regular establecido.

15.33 Adquirir y conocer el manual de convivencia en todos sus detalles y recibirlo oportunamente.
15.34 Sugerir en forma oportuna ante quien corresponda, propuesta de actividades que puedan realizarse en la institución, para mejorar el logro de los objetivos de la comunidad.

CAPITULO XIV
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

EL ORIGEN DEL DEBER ESTA EN LA NATURALEZA SOCIABLE DEL
INDIVIDUO.

Numeral 16.- Definición . son estudiantes de la Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander, quienes hayan cumplido con los requisitos de selección, admisión y matricula, acepten el Manual de Convivencia y firmen la matrícula.

Numeral 17 .- Se consideran deberes de los alumnos, todas aquellas obligaciones o compromisos contraídas en el momento de la matrícula. Por lo tanto, los alumnos matriculados en la Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander tienen el deber de:

17.1Cumplir con los requisitos de admisión y matrícula, consignados en el presente Manual de Convivencia.

17.2Aceptar los principios generales de la Institución, las normas, correctivos y procedimientos que aparecen en el presente Manual.

17.3 Asistir a clases diariamente y en caso de no poder hacerlo, debe presentarse a coordinación dentro de las cuarenta y ocho horas una excusa escrita con la firma y número de cédula del acudiente o una incapacidad médica ò una excusa verbal presentada por el acudiente.

17.4 Adquirir los útiles de trabajo que permitan el desarrollo normal de las actividades en las diferentes áreas.

17.5 Obedecer y acatar las orientaciones de Directivos, Cuerpo Docente, Administrativos, monitores de Curso o auxiliar, Guías escolares, y voceros de la Institución.
17.6 Mantener en todas las actividades escolares una presentación personal adecuada. Las niñas Deben lucir el uniforme correspondiente según modelo, manteniendo la presentación estética adecuada al buen nombre, costumbres sociales y exigencias de la institución. Los alumnos asistirán pulcramente presentados, con el cabello corto, bien peinados, sin colitas ni aretes, y sin el uso de Gel salvo en casos especiales debido al tipo de cabello, observando las demás normas elementales de aseo. (De acuerdo con los principios generales de la institución).

17.7 Utilizar el uniforme de Educación Física sólo para las clases correspondientes o cualquier otra actividad afín.

17.8 Proyectar a la comunidad una buena imagen de la institución, haciendo uso adecuado de del uniformes respectivo el cual debe llevarse sin maquillaje, con topitos sencillos y sin adornos a excepción de una moña o un gancho pequeño de un solo color, que se ajuste a los colores del uniforme.( Blanco, rojo, azul turquí, negro o en la tela del jomper )

17.9 Demostrar esfuerzo constante por superarse, cumpliendo con las clases, trabajos y demás actividades académicas para que, el proceso enseñanza-aprendizaje tenga éxito.

17.10 Cumplir con las obligaciones de orden académico establecidas en el plan de estudio de la Institución

17.11 Presentar cualquier solicitud de permiso al Coordinador de Disciplina, en forma oportuna por escrito y con la firma y número de cédula del acudiente.

17.12 Cultivar los valores humanos, la autenticidad, la constancia en sus deberes, el espíritu de servicio y de solidaridad para con los demás.

17.13 Evitar el fraude en las evaluaciones, tareas, trabajos e investigaciones.

17.14 Respetar la propiedad pública y privada.

17.15 Entregar los elementos prestados por el Colegio en el mismo estado en que se han recibido.

17.16 Informar oportunamente a Padres de Familia o acudientes sobre las reuniones y citaciones de cualquiera de los estamentos de la comunidad educativa.
17.17 Respetar, orientar y aconsejar a los compañeros, favoreciendo así las relaciones interpersonales.

17.18 Cuidar las pertenencias propias y las del plantel, No causar ningún daño a las pertenencias de los compañeros, Planta física, muebles, ayudas educativas, etc.

17.19 Ajustar su comportamiento a las normas de cultura y buena educación, dentro y fuera de plantel (actos cívicos, religiosos, culturales, deportivos, buses, parques, avenidas, etc.)

17.20 Utilizar la puerta principal para entrar y salir del plantel. Salvo en caso de una orden especial impartida por el Rector o quien lo represente legalmente.

17.21 Permanecer en el aula durante los cambios de clase aunque el profesor no esté presente y acatar los llamados de atención del vocero, monitores y de los guías escolares.

17.22 Comprar comestibles en la tienda escolar y consumirlos únicamente en horas de descanso. (Abstenerse de masticar chicle en horas de clase).

17.23 Participar en los actos culturales, cívicos y deportivos en los que esté presente el colegio y ser integrante de las selecciones deportivas del plantel si la directiva así lo determina.

17.24 Abstenerse de portar armas, fumar, ingerir licor o llegar al colegio en estado de embriaguez; traer y/o consumir drogas alucinógenas; como también traer material pornográfico, celulares, juegos electrónicos, de azar o cualquier otro elemento distractor que riña con el carácter académico y moral de la Institución.

17.25 Evitar la suplantación de personas extrañas a la institución, haciéndolas pasar como acudientes, familiares o responsables de su formación.

17 .26 Evitar su presencia innecesaria en la sala de profesores.

17.27 Participar directamente en todas las actividades educativas del curso.

17.28 Abstenerse de usar el nombre del Colegio para cualquier actividad social o cultural no autorizada por el plantel.
17.29 Respetar los símbolos institucionales (bandera, escudo, etc.) y llevar dignamente el uniforme que corresponda a cada una de las actividades programadas, dentro o fuera de la Institución.

17.30 Llevar El uniforme así:

NIÑAS: Jomper a cuadros debajo de la rodilla con el escudo, un lazo, blusa camisera blanca con vieses en las mangas y el cuello de la tela de la falda ,con medias blanca hasta media pierna, zapatos negros colegiales, topitos o aretes pequeños sencillos, una moña o un gancho pequeño en un solo color acorde con los colores del uniforme.
VARONES: pantalón azul turquí, camisa del colegio por dentro, con su respectivo escudo escudo, correa negra de cuero, medias azul turquí, zapatos negros colegiales y camisilla blanca.

17.31 Abstenerse de realizar, promover o participar en cualquier tipo de ventas, rifas y negocios de compañeros y otras personas de la institución, sin la previa autorización de rectoría o coordinación,.
17.32 Cuidar la planta física de la institución, velar por el orden y aseo de las aulas y del plantel en general.
17.33 Practicar hábitos de aseo e higiene que conlleven a la conservación de la salud y a la presentación personal.
17.34 Tratar con respeto a profesores, directivos, personal administrativo y de servicios generales de la institución reafirmado así los valores de justicia, tolerancia, honradez, y solidaridad.
17.35 Respetar y cumplir el horario del Colegio. (prestar mucha atención al timbre de prevención para una correcta organización en el aula).

Los horarios que rigen para el plantel, son los siguientes para la jornada matinal



PRE-ESCOLAR
PRIMARIA
BACHILLERATO
(6 Horas clase de 55)
Entrada:
7:00 AM
7:00 A.M.
6:30 AM
Descanso:
9:00 AM
9:15 a 10:10 A.M
10:10 a 10:35 AM
Salida:
11:00 AM
12:15 P.M
12:15 PM
Los horarios que rigen para el plantel, son los siguientes para la jornada vespertina



PRE-ESCOLAR
PRIMARIA
BACHILLERATO (6 Horas clase de 55)
Entrada:
1:00 P..M
12:45 P. M
12.45 PM
Descanso:
3:05 P.M
3:05 a 3:30 P.M
12:45 PM
Salida:
5:00 P. M
5: 30 P..M.
3:30 a 3:55 PM

17.36 Aprovechar los medios que le ofrece la Institución para una mayor integración y fomenta socialización a través de encuentros culturales.

17.37 Asistir a los diferentes eventos culturales que organice la Institución.

17.38 Entregar en el tiempo y fecha asignado los trabajos, evaluaciones, talleres y tareas académicas.

17.39 Respetar el trabajo y los útiles de los compañeros.

17.40 Trabajar con responsabilidad y orden en la ausencia del profesor.

17.41Responder personal y económicamente por cualquier daño ocasionado en los implementos, materiales y mobiliario de la Institución.

17.42 Mantener un buen nivel académico en todas las áreas y asignaturas establecidas en el plan de estudios vigente.

17.43Participar y representar a la institución en concursos, exposiciones de muestras pedagógicas, conferencias, seminarios de carácter científico, tecnológico, artístico cultural, que se programen.

17.44 atender con respeto cualquier llamado de atención que se le haga para bien propio y de la institución.

17.45 Utilizar un vocabulario decente y buenos modales dentro de la institución.

17.46 Respetar, obedecer y tratar bien a los guías, monitores y voceros escolares.
17.47 Conocer y cumplir el presente Manual de Convivencia.

17.48 Cumplir con la jornada de trabajo de Lunes a Viernes. Además las clases de Educación Física, Teatro, Danzas, Informática y los Programas de Servicio Social (Proyección a la Comunidad) y Servi-salud si se efectúan en jornada contraria o los días sábados siempre y cuando no se pueda incluir en el horario normal de clase.

17.49 Velar y mantener el aseo en el aula y hacer el aseo cuando las circunstancias lo ameriten para desarrollar la actividad académica.
PARÁGRAFO. El incumplimiento o violación a cualquiera de los deberes se toma como desacato a las normas de convivencia.

TITULO V

DE LOS PRINCIPIOS Y/O REGLAS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN

CAPITULO XV
Los principios y/o Reglas Generales.

Numeral 18.- Los principios y/o Reglas Generales

Las reglas y principios generales se orientan de la siguiente manera:

18.1 El timbre de prevención suena 5 minutos antes de iniciar la labor académica para que los alumnos se organicen en el salón de clase. En orden y en silencio deben esperar al profesor, en caso de inasistencia de éste, utilizarán el tiempo libre para realizar Trabajos o labores académicas complementarias.

18.2 El estudiante que llegue retrasado a la institución permanecerá en el sector de la portería mientras es anotado en el control de retardo, luego pasará a la biblioteca o a un sitio previamente establecido y solo podrá entra a clase a partir del segundo o tercer periodo. Los estudiantes que lleguen posteriormente, no podrán entrar a clase a ninguna hora del día salvo que presenten una excusa justificada por su acudiente. Si estos retrasos se repiten más de tres veces, se solicitará la presencia del acudiente para que se apersone de la situación y se tomen las medidas correctivas de rigor.

PARAGRAFO.- Se considera excusa justificada para los retardos en el horario de clase los siguientes:
Ø Los controles médicos
Ø Realización de exámenes de laboratorio.
Ø Percance familiares y de transporte de última hora.

18.3 El recreo de los alumnos se realizará en el Patio interno, no se permitirá la presencia de estudiantes en el segundo piso y mucho menos en el interior de los salones de clase.

18.4 Cuando la inasistencia a clases de un estudiante se prolongue por un período superior a cinco días consecutivos o sea sistemática se solicitará la presencia del acudiente para enterarlo de la situación. En caso de reincidencia se le aplicarán los correctivos pertinentes, pudiendo incluso perder el cupo para el año lectivo siguiente.

18.5 Las ausencias colectivas de estudiantes o la confabulación de éstos para cometer faltas darán lugar a correctivos especiales de acuerdo con las infracciones cometidas.

18.6 Los permisos durante las horas de clases serán restringidos y en casos especiales quedarán a juicio del profesor en turno y deberá otorgarlo por escrito.

18.7 Cualquier solicitud de permiso para salir de la institución en el horario establecido requiere el visto bueno de la Coordinación y si la solicitud proviene del acudiente, debe ser presentada por escrito y oportunamente con la firma y número de cédula respectivos.

18.8 Toda inasistencia a clases por parte del alumno debe ser justificada mediante incapacidad médica, excusa verbal presentada por el acudiente o excusa escrita con la firma y número de cédula del Padre de Familia o acudiente, deben ser refrendadas todas ellas con el visto bueno del Coordinador y presentadas en un plazo máximo de 48 horas luego de retornar a clase.

18.9 Un alumno reprueba cuando ha dejado de asistir a las actividades pedagógica programadas en el plan de estudios para determinado grado, por períodos que acumulados sean superiores al 25% del tiempo total previsto según el decreto 0230

18.10 El uniforme como símbolo de la institución debe llevarse con pulcritud, decoro y dignidad dentro y fuera del Colegio, por lo tanto no se debe utilizar para pasear las calles de la ciudad ni para realizar actividades que atenten contra del buen nombre del plantel.

18.11 Los alumnos deben usar el uniforme de diario según modelo, las estudiantes sin maquillaje ni uñas pintadas, los accesorios como aretes, ganchos y colitas para el cabello deben ser pequeños, en la misma tela de la falda del uniforme o en los colores blanco, negro, rojo ó azul turquí

18.12 Los alumnos varones deben usar el uniforme de diario según modelo, el pantalón debe ser totalmente azul turquí, no se permite el uso de ninguna clase de Jean. Por debajo de la camisa del uniforme sólo se admite una camisilla o camiseta totalmente blanca sin cuello.

18.13 El uniforme de diario sed usará un todas las actividades curriculares de la institución, exceptuando aquellas que requieran el uniforme de gala o el uniforme deportivo

18.14 El uniforme de gala se usará sólo en ocasiones especiales y según el modelo adoptado por el Consejo Directivo previo estudio y concertación con los diferentes estamentos institucionales.

18.15 El uniforme Deportivo tiene esencialmente ese carácter y deberá reservarse sólo para las oportunidades en que se requiera su uso.

18.16 La elección de Personero y Voceros estudiantiles de cada grado se realizará por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto de acuerdo con los artículos 21, 22, 28 y 29 del Decreto No. 1860 del 3 de agosto de 1994 que se encarga de reglamentar parcialmente la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación).

18.17 Para que un estudiante pueda pertenecer a cualquier órgano de elección popular en la institución debe cumplir los siguientes requisitos:
Ø Estar debidamente matriculado en uno de los grados que brinda la institución.
Ø Tener por lo menos un año de estar vinculado a la institución.
Ø Ser estudiante de buen rendimiento académico y comportamental; no debe poseer acta de compromiso disciplinario ni matricula con seguimiento especial ( matricula condicionada).
Ø Solicitar a los coordinadores los respectivos certificados sobre: Concepto académico y disciplinario para ser presentados ante el comité electoral.
Ø Gozar de respeto y simpatía ante los demás estudiantes.
Ø Identificarse con la filosofía de la institución.
Ø Distinguirse por sus buenos modales y valores humanos.
Ø Tener condiciones de liderazgo.

18.18 La Jornada académica finaliza según el horario establecido y la salida debe hacerse en orden y en silencio, de acuerdo con las normas estipuladas en el establecimiento educativo.

18.19 Ante la ausencia del Coordinador de Disciplina, las situaciones de su competencia serán resueltas por el coordinador académico, El Rector ó un Profesor previamente encargado.

18.20 La Institución no se responsabiliza por la pérdida o daño de prendas, celulares, atuendos de valor, como tampoco por vehículos de transporte (bicicletas, motos o carros) que cuenten o no con las mínimas medidas de seguridad (seguros, candados, alarmas, etc.)

18.21 El estudiante que requiera permiso por enfermedad para irse para su hogar, se concederá siempre y cuando facilite un número telefónico y pagará el valor de la llamada en caso de no estar en servicio el teléfono de la institución para que su acudiente autorice el permiso o procedimiento a seguir.

18.22 Para la promoción o Venta de rifas ó boletas dentro de la institución, el Consejo Directivo decidirá al respecto, en los casos especiales donde el producto de la actividad tenga un objetivo específico que sea para beneficio de la institución.

18.23 La asistencia de los estudiantes a la actividades complementarias especiales será de carácter obligatorio y en el horario y fecha establecidos por la institución portando su uniforme de diario completo. Si el área a superar es educación física, deberá portar el uniforme correspondiente.

18.24 El estudiante que sin justificación no se presente a las Actividades Complementarias especiales en una o más áreas se le consideran Reprobadas y deberá cursarlas el año siguiente durante el tiempo establecido por la ley.

18.25 Para efecto de admisión y permanencia en la institución se tendrá en cuenta a los estudiantes sin vinculo matrimonial o de unión marital de hecho; con fundamento en las características afines de los estudiantes del plantel en cuanto a su estado civil. En el caso eventual que un estudiante adquiera la condición de padre o madre, esto no será causal de mala conducta, pero el consejo directivo de acuerdo con el tiempo y las circunstancias específicas de gestación y desarrollo curricular podrá optar por una de las siguientes alternativas:
A.- La culminación del año escolar.
B.- la desescolarización del estudiante, es decir, recibir una educación no presencial o semi -presencial, entendiendo esto como un mecanismo que facilita el desarrollo secuencial de los contenidos programáticos, evita la reprobación por inasistencia, y beneficia al proceso de gestación.


18.26 Cuando se presenten actos que atenten contra la convivencia pacífica y no aparezcan los autores materiales y/o intelectuales, se podrá optar por la suspensión temporal del curso o parte de éste, con el fin de realizar la investigación pertinente con la ayuda de los padres de familia o acudientes, permitiendo así la identificación de los estudiantes involucrados directa o indirectamente en el acto de indisciplina.

CAPITULO XVI
Prohibiciones.

Numeral 19 .- La Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander es un espacio propicio para el diálogo, la tolerancia, la concertación y la convivencia pacífica; por lo tanto no es permitido:

19 .1 Pelear o propiciar peleas con lo compañeros dentro de la institución o fuera de ella.

19 .2 Hacer bromas pesadas a los compañeros dentro o fuera de la Institución mediante el uso de harinas, huevos o cualquier otra sustancia.

19. .3 Ausentarse de la Institución, de la clase o de actos programados sin la debida autorización

19.4 Fumar ó ingerir bebidas alcohólicas en la institución o en las actividades programadas por ésta.

19.5 La agresión Psicológica, física o verbal contra cualquier miembro de la institución.

19.6 Portar el uniforme de la Institución en sitios inadecuados presentando espectáculos desagradables. (Como citas o encuentros románticos de parejas o consumiendo licor especialmente en sitios públicos.)

19.7 Permanecer con el uniforme de diario o de educación física en lugares públicos o privados donde no se requiere y sobre todo en horas inapropiadas.
19.8 Portar, usar o suministrar en la Institución armas blancas y/o de fuego, licores, drogas alucinógenas o presentarse al plantel embriagado o bajo el efecto de sustancias psicoactiva

19.9 Portar accesorios o revistas pornográficas.

19.10 Inducir o promover prácticas satánicas, juegos espirituales y hechicería.

19.11 Usar palabras soeces y hablar o escribir vulgaridades.

19.12 Dibujar o escribir letreros que atenten contra el buen nombre, contra la moral y las buenas costumbres.

19.13 Realizar comentarios inmorales o indebidos (chismes, líos, injurias, calumnias, mentiras, etc., contra un miembro de la comunidad Santanderista.

19.14 Acosar sexualmente a un miembro o miembros de la comunidad Santanderista.

19.15 Portar la camisa del uniforme por fuera, dentro o fuera del plantel.

19.16 Presentarse sin el uniforme respectivo a los actos regulares y oficiales del colegio.

19.17 Subir envases o botellas al segundo piso.

19.18 Consumir alimentos en el aula.
Manifestaciones amorosas de carácter lascivo, morboso o degradante entre estudiante .

CAPITULO XVII
Estímulos.

EL MAYOR ESTIMULO PARA TODA PERSONA CONSISTE EN SENTIR LA SATISFACCION DEL DEBER CUMPLIDO.

Numeral 20.- Los estímulos son incentivos para el mejoramiento personal .
La institución ofrece a los jóvenes estudiantes los siguientes estímulos, teniendo en cuenta el cumplimiento del deber, el rendimiento académico y la participación en las actividades socioculturales dentro y fuera del plantel.

20.1 REPRESENTACIONES: Participando en nombre de la institución en eventos deportivos y culturales propiciados por el plantel o por otras entidades dentro y fuera de la ciudad.

20.2 RECONOCIMIENTO PÚBLICO: Por la excelente representación de la Institución en actos culturales y deportivos, dentro y fuera del plantel.

20.3I ZADA DEL PABELLÓN NACIONAL: Por sobresalir entre sus compañeros en la vivencia de los valores: responsabilidad, colaboración, lealtad, solidaridad, trabajo justicia, convivencia pacifica y la conservación del medio ambiente.

20.4 ANOTACIÓN EN EL OBSERVADOR DEL ALUMNO: Cuando el alumno sedestaque por cualquier aspecto positivo dentro o fuera del plantel.

20.5 EXALTACIÓN ACADÉMICA: Para los dos estudiantes que muestren los logro más sobresalientes de cada curso en cada período académico.

20.6 MATRICULA Y BECA DE HONOR: Para todos aquellos alumnos destacados por su eficiente rendimiento académico y excelente conducta, que al final les permiten ocupar el primero o el segundo puesto en su curso.

20.7 MENCIÓN O MEDALLA DE HONOR: Para el alumno que sobresalga por su rendimiento académico general, excelente conducta y por su perseverancia .

20.8 MENCIÓN ESPECIAL Y AUXILIO ECONÓMICO: Para el alumno que se destaque entre sus compañeros de último grado, con el mayor puntaje en las pruebas de Estado (siempre que el puntaje no sea inferior al 60%)

20.9 PREMIO FRANCISCO DE PAULA SANTANDER: Para el alumno de undécimo grado que sobresalga entre sus compañeros como el mejor BACHILLER de la Institución por su eficiente rendimiento académico y excelente conducta.

20.10 MENCIÓN AMBIENTAL: Para el estudiante de cada curso, que durante el año se haya destacado por su amor a la naturaleza y por su participación en las actividades que redunden en beneficio de la conservación del medio ambiente.


DE LAS FALTAS

CAPITULO XVIII
Faltas contra la Disciplina.

Numeral 21.Se consideran faltas, todas las situaciones que atentan contra la disciplina, conducta, convivencia pacífica, la práctica pedagógica en las cuales el alumno falta a los compromisos escolares, violando derechos individuales y/o derechos sociales de la comunidad.

21.1 Incumplimientos en los horarios establecidos:
a.- Inasistencia reiteradas
b.- La llegada frecuentemente con retardo al colegio y al salón de clase sin justificación.
c.- Salirse de clase sin autorización.
d.- Incumplir los horarios establecidos en el presente manual..
e- Llegar tarde a clase luego del recreo, sin justificación.

21.2 .- Desobediencia
a.- Incumplimiento de los principios generales de la institución.
b.- Porte inadecuado o mal uso del uniforme dentro y fuera del colegio.
c.- Desaseo personal.
d.- Portar adornos, y/o maquillaje excesivo con el uniforme.
e.- Poner apodos.
f.- Jugar Bruscamente.
g.- Correr con frecuencia en sitios del plantel diferentes a los utilizados para la recreación y el deporte .
h.- Corte y peinado no tradicionales.
i..- Presentarse sin el uniforme respectivo a los actos regulares y oficiales de la
Institución
j.- Permanecer fuera y dentro del salón de clases, en los pasillos, en la segunda planta ( durante el tiempo de descanso y al finalizar la jornada académica), en la tienda escolar y en la biblioteca, etc. sin la debida autorización.
k.- Permanecer sin previa autorización, en cualquier otra dependencia del plantel una vez iniciados los periodos de clase.
l.- Salir del colegio sin permiso de los directivos docentes.
l.l- Salir hacia las instalaciones del colegio y no llegar a este en horario normal.
m .- Desobedecer y hacer burlas a los guías, voceros, monitores escolares docentes, directivos , personal administrativo y de servicios generales.
n.- Ausentarse del establecimiento, del salón de clases o de cualquier acto comunitario sin previa
autorización de los coordinadores del plantel.
o.- Incumplir las órdenes y correcciones establecidas por las autoridades competentes,
dentro de la institución
p.- Ingresar a las dependencias restringidas del plantel sin la debida autorización.
q.- Portar y/o usar teléfonos celulares sin la debida autorización.
r.- reincidir en el porte de aretes, prendas, adornos y /o maquillajes excesivos no permitidos.

21.3,- Organizar o propiciar desordenes, dentro o fuera de la institución.
a.- Fomentar indisciplina en clase y en actos comunitarios.
b.- Incumplir requerimientos de los superiores u horarios de las actividades curriculares.
c.- Comportamientos individuales y/o colectivos, inadecuados o incultos en las
actividades comunitarias dentro o fuera de la institución Educativa..

21.4 Irreverencia.
a.- Irrespetar a Compañeros, Profesores, Directivos y demás personal que labora en la Institución educativa.
b.- Irrespetar los símbolos patrios y los de nuestra Institución Educativa.
c.- Propiciar groserías (verbales, escritas y gesticuladas) cuando se le llama la atención.
d.- Fomentar y aceptar el irrespeto de sus compañeros o de cualquier miembro de la comunidad.

21.5 Destrucción de bienes muebles e inmuebles.

a.- Destrucción de los bienes muebles e inmuebles de la institución.
b.- Uso inadecuado de los servicios sanitarios (baños).
c.- Destrucción de pupitres y demás equipos que se utilizan en el proceso educativo.

CAPITULO XIXFaltas contra la convivencia Pacífica.

Numeral 22.- Las faltas contra la convivencia pacífica son:

22.1 Las discrepancias con los compañeros.

22.2 Suplantar su nombre, el de un compañero oel de su acudiente por otro.

22.3 Propiciar agresión verbal y/o física contra un superior, compañero, personal de servicios generales y padres de familia dentro o fuera del centro educativo.

22.4 Consumir o traficar dentro del plantel y en sus alrededores cigarrillos, bebidas alcohólicas o sustancias sicotrópicas.

22.5 Adulterar documentos de la institución.

22.6 El porte de armas, objetos lesivos, uso de pólvora y sustancias químicas no controladas.

22.7 La apropiación indebida de bienes ajenos y útiles de la institución.

22.8 El acoso sexual entre estudiantes y entre estudiantes y profesores.

22.9 Proferir amenazas contra la integridad física y/o moral de cualquier miembro de la comunidad santanderista.

22.10 La calumnia, la injuria, chismes, líos, mentiras o el irrespeto a los miembros de la comunidad educativa.

22.11 Inducir, promover o realizar prácticas satánicas, juegos espirituales, de azar o de hechicería.

22.12 El uso de vocabulario vulgar, grosero y palabras soeces.

22.13 Escribir letreros o dibujos que atenten contra el buen nombre de un miembro de la comunidad Santanderista, contra la moral y las buenas costumbres dentro o fuera de la institución.

22.14 Realizar proposiciones irrespetuosas a docentes, directivos, o cualquier miembro de la comunidad educativa.

CAPITULO XX
Faltas contra la práctica Pedagógica.

Numeral 23. Las Faltas contra la práctica pedagógica son:

23.1Presentar trabajos ajenos y hacerlos pasar como propios.

23.2Inasistencia consecutiva sin justificación alguna.

23.3Irresponsabilidad reiterada en la presentación de trabajos propios de cada asignatura.

23.4Descuido en la presentación personal y en los útiles escolares.

23.5Las constantes interrupciones durante el desarrollo normal de las clases (murmullos, gritos, imitación de voces de los animales, lanzamiento de objetos)

23.6 Suplantar su nombre o el de un compañero por otro en las actividades académicas.

23.7 La presentación reiterada de trabajos extemporáneos.

23.8 Burlarse de los que exponen temas.

23.9 Las interrupciones de las clases con salidas fuera de tono o con bromas pesadas.

23.10 Impedir la concentración de los compañeros por charlar demasiado en clase.

23.11 Prender y apagar la luz y los abanicos en forma reiterada o utilizar indebidamente los interruptores o tomas.

23.12 Traer teléfonos celulares, sustancias nocivas, objetos o artefactos que tienden a distraer a los estudiantes durante el desarrollo de las clases.

CAPITULO XXI
Faltas contra la Conducta.

Numeral 24.-La conducta se puede considerar como toda acción del hombre que le permite incrementar o lesionar su dignidad como persona.
Son faltas contra la conducta todas aquellas que afectan la estructura y filosofía de la institución en los aspectos morales, académicos, disciplinarios y sociales como:

24.1. La reincidencia sistemática en las faltas contra la disciplina.

24.2. La falta de lealtad con el colegio (Daños alevosos a la planta física, letreros inmorales en los baños, muros, aulas, pupitres, textos escolares, etc..

24.3. Los actos contra la moral y las buenas costumbres dentro o fuera del plantel

24.4. La calumnia, la injuria, chimes, líos, mentiras o actitudes indecorosas contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

24.5. Manifestaciones amorosas de carácter lascivo, morboso o degradante.

24.6. Sustraer, falsificar o adulterar cualquier clase de firma ó documento.

24.7. Comprobación de hurto, estafa o fraude.

24.8 Promover o participar en actos de violación de las normas establecidas, insubordinación o rebeldía que impidan el normal desarrollo de las actividades curriculares.

24.9. En general, todo acto de conducta tipificado como delito por las leyes de la República.

PARAGRAFO.- Las faltas contra la disciplina, la convivencia pacífica, la practica pedagógica y contra la conducta pueden ameritar suspensión temporal, la perdida del cupo para le año siguiente, o pueden ser causal para iniciar un proceso de cancelación de la matricula por parte del consejo directivo de acuerdo con la reincidencia y la gravedad de la falta cometida.

TITULO VII

DE LOS CORRECTIVOS Y LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
LOS CORRECTIVOS DEBEN ESTAR INSPIRADOS EN EL PROPÓSITO DE REPRENDER, MAS QUE DE CASTIGAR Y LOS QUE SE ADOPTEN DEBEN SER PROPORCIONALES A LA INFRACCIÓN COMETIDA

CAPITULO XXII
Correctivos .

CORRECCIÓN.- Es el acto mediante el cual se aplican medidas encaminadas a lograr el mejoramiento en el aspecto formativo integral del educando, en procura de la permanente convivencia pacifica que debe imperar entre todos los estamentos de la comunidad santanderista.

Numeral 25.- Todos los estamentos de nuestra comunidad santanderista deben conocer sus derechos y deberes para ser responsables de sus faltas, aceptar sus consecuencias y asumir con responsabilidad y madurez los correctivos del caso Procedimientos para la aplicación de correctivos
Los correctivos a aplicar son:

25.1 APLICACIÓN DE RECURSOS PEDAGÓGICOS.
Son aquellos en los cuales se asignan algunas responsabilidades de tipo pedagógico en un proceso de comunicación o dialogo abierto y espontáneo entre el estudiante y su profesor. El intercambio permite buscar alternativas de solución a los conflictos, expresar inconformidades y compartir decisiones, favoreciendo en crecimiento personal del estudiante.

25.2 AMONESTACIÓN Y SEGUIMIENTO: Acto a través del cual las personas a su cargo (docentes, coordinadores, rector, consejo directivo) hacen una advertencia o llamado de atención verbal o escrita al infractor, quien se supone acogerá el requerimiento sin que esto lesione sus derechos y deberes.

25.3 ANOTACION EN EL OBSERVADOR DEL ALUMNO.- Correctivo que se usa para comprometer más al estudiante en su proceso formativo, reconociendo así la infracción cometida, la proyección futura de ésta.

25.4. ORIENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO PROFESIONAL .-(proceso de psico-orientación)
Espacio en el cual se establece una relación directa y familiar entre el estudiante y el profesional de la psico-orientación, quien se encargará de brindarle la confianza necesaria y es estimulo adecuado que le permitirá moldear su carácter y mejore su comportamiento.

25.5 CITACION DEL PADRE DE FAMILIA O REPRESENTANTE LEGAL
Llamado que se hace con el fin de pedirle mayor apoyo y comprometerlo en el proceso formativo de su acudido, como directo responsable del mismo . Ademàs, se debe registrar la infracción cometida en el libro de seguimiento disciplinario.
Cuando el acudiente no atienda el llamado o su acudido no le informe, al estudiante se le podrá retener los útiles escolares para presionar la asistencia del mismo.

25.6 ACTA DE COMPROMISO DISCIPLINARIIO
Documento compromisorio que firman el estudiante y su acudiente en las respectivas coordinaciones, con el propósito de establecer parámetros para un mejor comportamiento y rendimiento académico.
El reiterado incumplimiento del compromiso dará lugar a la perdida del cupo en la institución para el año siguiente

25.7 SUSPENSIÓN TEMPORAL
Es un correctivo que se aplica a los estudiantes por faltas de comportamiento individual o grupal que entorpecen la labor pedagógica y la convivencia pacífica.

25.8 MATRTICULA CON SIGUIMIENTO ESPECIAL ( Matricula condicionada)
Recurso disciplinario especial firmado por el padre de familia y el estudiante, aplicado aquellos jóvenes que reinciden en la falta de disciplina, incumplen el documento compromisorio o cometen una falta que individualmente ameritas el uso de este correctivo.

25.8 DIALOGO EN PRIVADO ( Rector- Padre de familia- Estudiante)
Este constituye un último recurso ante los casos comprobados de incumplimiento o violación del compromiso pactado en la matricula condicionada, donde el rector en última instancia trata de convencer especialmente al estudiante sobre las oportunidades que se le han brindado de mejorar su comportamiento integral pero que no las ha sabido aprovechar.
25.9 PERDIDA DEL CUPO PARA EL AÑO SIGUIENTE
La comisión disciplinaria integrada por los docentes de cada grado, el coordinador de disciplina y la psico-orientadora si existe, son los encargado de presentar ante el consejo directivo el listado de estudiantes no admitidos para el año siguiente, luego de un riguroso análisis de cada uno de los casos y con base en el seguimiento realizado a lo largo del año por el coordinador de disciplina y el respectivo director de grupo.

25.10 DESCOLARIZACIÓN DEL EDUCANDO
Se establece por decisión del consejo directivo en los siguientes casos:
1. De acuerdo con la gravedad de la falta cometida y con fundamento en el seguimiento disciplinario realizado.
2. Cuando el (la) estudiante se encuentre incurso en el numeral 18.25 del manual de convivencia..
PARÁGRAFO: La desescolarización implica que el (la) estudiante desarrollará sus periodos académicos del año en curso en forma semi-presencial y no podrá asistir a las actividades académicas normales, haciéndose responsable de la preparación de los contenidos previa bibliografía y orientaciones de los profesores de cada área o asignatura. La asistencia al colegio sólo será para consultar a los docentes, o para realizar sus actividades académicas en hora y días acordados con sus docentes, y con el visto bueno de la respectiva coordinación.
Podrá asistir a los actos sociales culturales o recreativos que programe la institución. En ningún caso podrá usar el uniforme de la institución de acuerdo con su condición de padre o madre adolescente, la institución se reserva el derecho de admisión para los años siguientes.
Si el (la) estudiante es de undécimo grado, recibirá su acreditación como Bachiller en la secretaria de la institución.

25.10 NO PROGLAMACIÓN COMO BACHILLER
En el acto o ceremonia de graduación realizada por la institución no se menciona el nombre del estudiante y su diploma será entregado en la secretaria de la institución.
25.11 CANCELACIÓN INMEDIATA DE LA MATRICULA
De acuerdo con la gravedad de la falta , el consejo directivo a su buen saber y entender es quien toma la decisión de cancelar la matricula del estudiante respectivo, comunicando sobre esta al padre de familia y al estudiante.

PARÁGRAFO Contra las resoluciones que impongan sanciones expedidas por el consejo directivo, proceden los recursos de reposición y de apelación ante las diferentes instancias educativas superiores al consejo directivo (Jefatura de Núcleo o Secretaria de Educación ), las cuales deberán presentarse dentro de cinco días hábiles siguiente a su notificación.

CAPITULO XXIII
DERECHO A LA DEFENSA.

Numeral 26 – El derecho a la defensa es un procedimiento consagrado en la constitución nacional, que se debe adelantar en los procesos disciplinarios en virtud del debido proceso y donde el ( la) estudiante podrá:
1.- Ser escuchado en todas sus opiniones y argumentaciones.
2.- Presentar todas las pruebas pertinentes a su favor.
3.- Refutar o controvertir las pruebas, hachos, y opiniones consideradas equivocadas, inexactas o amañadas.
4.- presentar testigo a favor del implicado.

Numeral 27 El conducto regular es el proceso secuencial que permite llevar a cabo peticiones, dialogo, sugerencias, y reclamos ante instancias superiores.
Para la solución de cualquier conflicto situación anómala o irregular (exigencia, reclamo o rechazo) debe ser el siguiente:

a.- Diálogo directo con el profesor de la asignatura o área.
b- Exposición del caso al director de grupo.
c.- Información a la Coordinación respectiva.
d.- Presentación del problema a Rectoría.
e.- Planteamiento del problema ante el consejo académico.
f.- Exposición de la situación al Personero de los estudiantes, quien presentará el caso al Rector.
g.- Recurso de Reposición ante el consejo académico frente a sus decisiones. h.- Recurso de Apelación ante el Consejo Directivo en última instancia (sólo en casos excepcionales.

TITULO VIII
DE LA EXCLUSIÓN DE LOS ESTUDIANTES

CAPITULO XXIVCANCELACIÓN DE MATRICULA .

Numeral .- 28 .- El proceso de la cancelación de matricula de un alumno estará de acuerdo con el análisis de la situación por parte del consejo directivo de la institución.

Numeral 29. Causales de cancelación de matricula
Son causales para cancelación de matricula las siguientes:

a.- La falsificaron de documento o alteración de notas.
b.- La agresión de hecho a compañeros, profesores, padres e familia, personal
administrativo, directivo y de servicios generales.
c.- El uso o distribución de licores, cigarrillos, el porte de armas, drogas
alucinógenas o fármacos dependientes, narcótico u otras sustancias.
d.- El hurto comprobado sobre las pertenencias, bienes, material de apoyo didáctico de cualquier miembro de la comunidad educativa, con participación directa o indirecta, como facilitador, autor intelectual o material, del hecho.
e.- Intento de soborno o extorsión comprobado a compañeros, profesores, personal administrativo, directivos y de servicios generales.
f.- Inducir cualquier tipo de desviación sexual a los compañeros dentro y fuera de la institución.
g.- Las reincidencias en faltas que ameritan suspensión; causadas por indisciplina individual o grupal.
h.- Incumplimiento de las actas de compromiso hasta (3) firmada por el estudiante y su acudiente después de habérsele asignado matricula con seguimiento especial en la respectiva coordinación.
i.-El vandalismo, prácticas satánicas, de hechicería, juegos espirituales y el acoso comprobado.

PARÁGRAFO:
La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte de un alumno, no será causal de exclusión del Colegio, siempre cuando el estudiante no haya presentado problemas disciplinarios o de inasistencia sistemática.
La reprobación por segunda vez de un determinado grado por parte de un alumno, al persistir la insuficiencia en la satisfacción de logros será causal de exclusión de la institución.


Numeral 30 Recursos
En caso de cancelación de la matrícula, el alumno sancionado tiene el derecho de interponer los siguientes recursos:

A.- DE REPOSICIÓN; Ante la autoridad que impuso el correctivo (se le dan cinco días Hábiles para hacer uso de este recurso).

B. DE APELACIÓN; Ante el superior jerárquico de guíen impuso el correctivo (se le dan Cinco (5) días hábiles para hacer uso de este recurso).

TITULO IX

DE LOS ASPECTOS ACADÉMICOS


CAPITULO XXIV Titulo Académicos.

Numeral 34 . La Institución Educativa Distrital Francisco de Paula Santander, ofrece a la comunidad un bachillerato académico con énfasis en las modalidades ciencias naturales, tecnología y bachillerato técnico con profundización en comercio salud y nutrición ( adscrita I: E :D: LICEO SAMARIO).

CAPITULO XXV
COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
(Artículo 8 Decreto 0230 Feb.11/2002).

Numeral 35.- El consejo académico conformará, para cada grado, una comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes , un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará al finalizar cada período escolar y presidirá.
Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos

Numeral 36.-Funciones de las comisiones de evaluación y promoción
Serán funciones de las comisiones de evaluación y promoción las siguientes:
36.1Definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzos y superación para estudiantes que presentan dificultades al finalizar cada período escolar.
36.2 Garantizar un mínimo de promoción del 95% de los educandos que finalicen el año escolar en cada uno de sus grados.
36.3Determinar al finalizar el año por grado cuáles educando deben repetir un grado de conformidad con el artículo 9 del decreto 0230 del 11 de Feb. 2002.
36.4 Hacer seguimiento académico a los estudiantes, especialmente aquellos que merecen mayor atención y compromiso.
36.5 Determinar las actividades complementarias especiales cuando sea necesario a cumplir con los estudiantes para alcanzar los logros académicos.
36.6 Analizar al finalizar cada período escolar, los casos de los educandos con valoración insuficiente o deficiente en cualquier área y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, u otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación
36.7 Convocar a los padres de familias o acudientes, al educando y al educador respectivo, con el fin de presentarle un informe junto con el plan de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

Numeral 37.- Fines de la evaluación de los estudiantes
Los fines de la evaluación:
a.- Estimular en los estudiantes el desarrollo de actividades, la práctica de valores y actitudes ajustadas a la filosofía de la Institución y al perfil del estudiante santanderista, que los conduzcan hacia su formación integral.b.- Reconocer los intereses, ritmos de aprendizaje y características individuales que contribuyan a la identificación de las dificultades y limitaciones con el propósito de organizar los logros del proceso formativo.c.- Determinar el alcance de los logros establecidos en el plan de estudios de la institución y hacerle un seguimiento al Proceso de Aprendizaje con el fin de realizar los ajustes necesarios para obtener mejores resultados.d.- Estimular al estudiante ofreciéndole la oportunidad de aprender de sus propias experiencias, del acierto y del error.e.- Ofrecer al docente la información que permita reorientar o consolidar sus prácticas pedagógicas.
Numera 38.- Utilización de los resultados de la evaluación
Después de efectuadas las evaluaciones de cada período, los docentes, por recomendación de la comisión de evaluación y promoción, programarán dentro de las labores normales del curso, las actividades de refuerzo ya sea a nivel individual o grupal con el propósito de superar las fallas o limitaciones que obstaculizaron la adquisición normal de los logros por parte del estudiante.
En la evaluación se tendrá en cuenta la demostración de habilidades y destreza dentro y fuera del aula y del plantel, la `participación en actividades como debates, foros, mesas, redondas, concursos y todas las formas que utilice el estudiante para demostrar sus aptitudes innatas, su creatividad, su capacidad de investigar, su interés en superación de logros y su cooperación en actividad curriculares, que fortalezcan su autoformación integral. Las diferentes formas de evaluación podrán ser concertadas con los estudiantes (oral, escrita, individual, o en grupos).
Numeral 39. Mecanismos de reprobación. (Decreto 0230 de Feb 11 /2002).
a.- Los estudiantes de cualquier grado que presenten valoración final insuficiente o deficiente en las áreas de MATEMÁTICAS Y LENGUAJE durante dos o más grados consecutivos de la educación básica, no se promoverán.

b.- Educandos con valoración final insuficiente o deficiente en tres o mas áreas.

c.- Educandos que hayan dejado de asistir a más del 25 % de las actividades académicas durante el año escolar.

TITULO X

DEL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL


CAPITULO XXVI
OBLIGATORIEDAD DEL GOBIERNO ESCOLAR

EL MEJOR APRENDIZAJE DE LA DEMOCRACIA ES SU PROPIO EJERCICIO



TITULO XI

DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

LOS PADRES DE FAMILIA SON EDUCADORES POR DERECHO NATURAL


CAPITULO XXVIIPERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES SANTANDERESTAS.

Numeral 48 .-.Los padres de familia o acudientes santanderistas deben poseer las siguientes características:
1.- Tener Gran sentido de pertenencia por la institución y buen manejo de las relaciones humanas.

2.- Estar comprometido e identificado con la filosofía institucional.
3.- Estar dispuesto a estimular los logros obtenidos y a reconocer y aceptar los errores cometidos por su acudido.
4.- Propiciar los recursos necesarios y crear un ambiente de estudio adecuado para que el (la) estudiante presente un buen desempeño escolar.
5.- Ser educador con el ejemplo de la vivencia diaria de valores formativos.
6.- Ser promotor en su entorno de las políticas santanderistas, en coherencia con la filosofía institucional.
7.- Tener responsabilidad y disponibilidad par asumir los compromisos asumidos en la institución.
8.- Participar activamente en las acciones que promueve la institución para el desarrollo integral de los (las) estudiantes.


Numeral 49.- Requisitos para ser Acudiente
Para ser acudiente de un estudiante de la institución se requiere:

a.- Ser mayor de edad.
b.- Convivir con el acudido permanentemente
c. . Firmar oportunamente el contrato de matricula.
d.- Aceptar el manual de convivencia.

CAPITULO XXVIIIDERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.

Numeral 49.- Son derechos de los padres de familia o acudientes:
A. Participar en los diferentes órganos del Gobierno escolar, tal cual como lo señala la ley General de Educación y su Decreto reglamentario 1860.

B. Ser atendidos oportunamente por el Director, las Coordinaciones, el personal docente, Administrativo y de Servicios Generales, cuando lo requieran.

C. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes que conlleven al mejoramiento de la calidad de educación.

D. Conocer oportunamente el seguimiento de los procesos académicos, disciplinarios y las sanciones que afecten a los estudiantes, acudidos o hijos.

E. Recibir periódicamente los informes académicos y comportamentales de sus hijos o acudidos.


Numeral 50.- Responsabilidades de los padres de familia o acudientes

Los Padres de Familia o acudientes, desde el momento en que firman la matrícula de su hijo (a) acudido (a), deben admitir su pertenencia y vinculación a la comunidad educativa, cuyo fruto será la participación activa y responsable en las diversas acciones programadas por la institución para un adecuado desarrollo del Proceso educativo.
El compromiso se sintetiza en los siguientes puntos:

a.- Firmar la matrícula.
b.- Responder por los daños que ocasione el alumno en las personas, edificaciones y enseres de la institución.
c.- Solicitar información periódica sobre el rendimiento y comportamiento del Estudiante.
d.- Asistir puntualmente a las reuniones reglamentarias de la institución y a las citas particulares de profesores y directivos.
e.- Cooperar con la institución, desde el hogar para el normal desempeño del alumno en todos los aspectos.
f.- Estar a “Paz y Salvo” con la institución.

Numeral 51.- Compromisos de los Padres de Familia
Son compromisos de los padres:
a) Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política de Colombia, en el artículo 17 de la ley General de Educación, el Código del Menor y el presente Manual de Convivencia.
b) Solicitar y recibir la información oportuna sobra las normas generales del funcionamiento interno del establecimiento educativo.
c) Cumplir con las obligaciones relacionadas con los costos educativos, matrícula, pensiones, mantenimiento del aula de informática, informes académicos, etc.
d) Acercarse a la Institución a recibir informes académicos por asignaturas, en horarios especiales, establecidos por la Coordinación Académica.
e) Comprometerse con la institución para asistir a las reuniones y a las llamadas que desde el plantel se le hagan. En caso de inasistencia, enviar excusa oportunamente.
f) Responder por el comportamiento del estudiante y además por la dotación de útiles y los uniformes exigidos.
g) Dotar a sus hijos de todos aquellos implementos necesarios para que puedan cumplir sus deberes de estudiantes (uniformes, textos, material didáctico, etc).
h) Conocer y poner en práctica el Manual de Convivencia de la Institución y velar porque sus hijos lo cumplan.
i) Eliminar el maltrato físico, verbal y psicológico a sus hijos, inculcándoles los valores de la convivencia, la justicia, la equidad y la solidaridad.
j) Asistir cumplidamente a las reuniones y talleres de carácter formativo, programadas por la institución en su cronograma de actividades.
k) Buscar los medios para que su acudido cumpla con todos los requisitos establecidos por la ley general de educación y el manual de Convivencia, referidos a la salud e institucionales, certificados de estudio, registro civil, exámenes médicos, útiles escolares y otros.
l) Hacer reclamos con serenidad y cultura, siguiendo el conducto regular establecido en el Manual de Convivencia.
m) Presentarse al plantel discretamente vestidos, observando las normas de presentación personal.

TITULO XII

DEL PERSONERO

CAPITULO XXIX
Personero de los Estudiantes.

Numeral 52.- El personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución y debe cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 18.17 de los principios y/o reglas generales de la institución. El artículo 28 del Decreto reglamentario 1860 de la Ley General de Educación establece esta figura.
El Personero de las estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante el voto secreto.

El ejercicio del cargo de Personero es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y debe poseer el perfil del estudiante Santanderista
“Las decisiones respecto a las solicitudes del Personero serán resueltas en última instancia por el Consejo Directivo o el organismo que haga las veces de suprema autoridad del establecimiento”.


Numeral 53.- Funciones del Personero
El personero tendrá las siguientes funciones:

a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre las lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

c) Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesaria para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

d) Las decisiones respecto a las solicitudes del personero de los Estudiantes serán resueltas por el rector y en última instancia cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga las veces de suprema autoridad del establecimiento.

CAPITULO XXX
Consejo de Estudiantes.

Numeral 54. El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos (Ley 115, Decreto 1860, Articulo 29).
Está integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el colegio y debe cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 18.17 de los principios y /o reglas generales de la institución.

En una manifestación muy depurada de la democracia representativa, se señala que la participación de las estudiantes en la vida de la institución será por medio de su organización. A continuación se establecen los mecanismos de conformación:

“El Consejo Directivo debe convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de elegir de su seno mediante votación secreta, un VOCERO estudiantil para el año lectivo en curso”. (Decreto 1860 de 1994, Articulo 29).

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período.

El Consejo de Estudiantes goza de su respectiva autonomía como se verá a continuación:

Numeral 55.- Funciones del Consejo de Estudiantes

Son funciones del consejo de estudiantes:
a. Darse su propia organización interna.
b. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
c. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
d.- Sugerir a cualquier estamento de la Comunidad educativa, actividades o
acciones que propendan por el bienestar de la institución.
e.- Velar por el continuo mejoramiento de la calidad de la educación que se imparte en el establecimiento.
f.- Solicitar el cumplimiento de los procesos electorales correspondientes, previstos en el Decreto reglamentario 1860 de la Ley General de Educación.

Estudiantes ante el Consejo Directivo sentante.

Numeral 56.- Los alumnos estarán representados por un compañero del último grado ofrecido por la institución. Este será elegido por el consejo de estudiantes entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado.

Se fija como criterio para elegir al Representante ante el consejo directivo que el alumno cumpla con los requisitos establecidos en el numeral 18.17 de los principios y/o reglas generales de la institución.

1 comentario:

Unknown dijo...

Wenas zuculentas tardes soy firulais :v